En Carlos Delgado Abogados, como despacho especializado en Derecho Militar, nos hicimos cargo de un complicado caso de insuficiencia de condiciones psicofísicas y acto de servicio.
Nuestro cliente, un Suboficial de la Armada, había resultado no apto con un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas debido a un trastorno psiquiátrico causado por el acoso al que le sometía uno de sus superiores. Sin embargo, el trastorno no es reconocido como provocado en acto de servicio, impidiendo que nuestro cliente reciba la paga que le correspondería.
En este artículo describimos el problema con detenimiento, nuestra forma de proceder y la resolución a la que llegamos.
Nuestro cliente, un Suboficial de la Armada con mas de 20 años de servicio, estuvo sufriendo el acoso constante y continuo por parte de un superior al que denunció ante el Juzgado Togado Militar siendo sobreseído y archivadas las actuaciones; lo que propició que el acoso se agravara aún más si cabe. Desembocando en un trastorno psiquiátrico ansioso depresivo que motivó la apertura de un expediente de insuficiencia de condiciones psicofísicas con un resultado de no apto, un 10 % de grado de minusvalía, pero sin reconocimiento del acto de servicio
El cliente solicita nuestro asesoramiento con un objetivo muy concreto, el incremento del grado de minusvalía y la consideración de que el trastorno sea considerado como acto de servicio.
Iniciado el juicio correspondiente ante el TSJ de Madrid, el perito insaculado por el tribunal determinó en su pericia que no existía la menor duda de la relación causa efecto con el servicio. Pues en primer lugar, el suboficial nunca había tenido problema alguno hasta coincidir en el destino con el superior causante de su trastorno. Así mismo, era patente y palmario el maltrato que nuestro cliente sufría de parte de este superior desde hacía varios años, existiendo numerosas pruebas de todo ello; pues en muchas ocasiones se producía delante de otros compañeros. De igual forma consideró que el grado de minusvalía valorado no se correspondía con el real, determinando que era del 40%.
El tribunal, a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio y a pesar de la prevalencia que el peritaje de los médicos militares tienen en estos casos, se decantó por el peritaje del psiquiatra insaculado por el tribunal y así mismo reconoció el incremento del grado de minusvalía, consiguiendo por tanto nuestro cliente el poder percibir la pensión extraordinaria que conlleva el acto de servicio.
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Abogado y especialista en Derecho Militar desde al año 2000. Fundador y director de la firma legal Carlos Delgado Abogados, es un firme defensor de la especialización jurídica y pionero en la creación de un modelo de despacho virtual gracias al uso de las nuevas tecnologías. Desde sus comienzos profesionales se ha ocupado del asesoramiento y defensa legal de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia civil, penal, laboral y administrativa. Conoce a fondo la profesión militar y se ha consolidado como un referente en España en Derecho Militar tanto en su sector como en los Tribunales Militares.