¿Conoces cómo defenderte de una situación de acoso laboral en el ejercicio de tu profesión como militar? Te explicamos cómo funciona la defensa ante el acoso laboral militar y el apoyo con el que puedes contar si eres víctima de este delito. La Constitución Española proclama en sus artículos 10.1 y 14 la igualdad de los españoles ante la Ley y que la dignidad de la persona es fundamento del orden político y de la paz social.
Como en otros sectores de nuestra sociedad, en el seno de las Fuerzas Armadas también se producen conductas relacionadas con el acoso, que en el ámbito militar cobran especial relevancia por ser uno de los delitos que más se denuncian.
Si eres víctima de una situación de acoso como militar, en Carlos Delgado Abogados podemos ayudarte.
Las conductas relacionadas con el acoso quedaron tipificadas por primera vez en la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas y en la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar. Anteriormente se venía considerando una variante del abuso de autoridad y no se contemplaba el abuso entre compañeros, debiéndose en estos supuestos acudir al Código Penal común.
El vigente Código Penal Militar configura como delito el “acoso profesional”, incluido dentro de los denominados delitos contra la disciplina y castigado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48, con la pena de seis meses a cuatro años de prisión; pudiendo imponerse, además, la de pérdida de empleo.
En el ámbito de las Fuerzas Armadas en España, es la mujer la que suele ser la víctima del acoso en la mayoría de los casos.
No existe, por otro lado, un criterio unificado sobre los términos para referirse a las diferentes conductas que pueden incluirse dentro de los distintos tipos de acoso; dependiendo en gran parte del contexto o de la cultura.
Así, se habla de acoso laboral, profesional, abuso sexual, mobbing, acoso por razón de sexo, agresión sexual, atentado a la intimidad o a la dignidad personal o, incluso, coacciones, injurias o calumnias.
Todos ellos tienen aspectos en común, pero también particularidades específicas que los diferencian. Estos inciden en las secuelas que sufre la víctima de este tipo de situaciones.
Mientras en algunos países de nuestro entorno se investigan los casos de acoso a través de mecanismos independientes y externos a la cadena de mando, en España nuestras Fuerzas Armadas han comenzado a implementar, sobre todo desde que la mujer se ha ido incorporando a la Armada y al Ejército, medidas de prevención, información, apoyo y protección a las víctimas de este tipo de situaciones.
Pese a que ha empezado a darse una especial sensibilización de la cadena de mando y del resto de personal en lo que se refiere a prevenir todo tipo de conductas que potencien un clima propicio para el acoso, en la mayoría de los casos se cometen por una mala comprensión de lo que es el mando y su función.
Cualquiera de las formas de acoso supone un atentado a la dignidad e integridad de la persona, pero en el ámbito militar se atenta también contra la esencia de la propia institución militar y los valores que defienden, tales como la unidad, la disciplina, o la igualdad entre hombres y mujeres, entre otros.
Son variadas las conductas que se encuadran dentro de la denominación de acoso, siendo las más habituales:
Si estás siendo víctima de acoso laboral militar en cualquiera de sus manifestaciones, es muy importante que no te sientas culpable ni pienses en dejarlo pasar creyendo que la situación mejorará o que es algo normal, puesto que nada va a cambiar si no actúas cuanto antes.
No dudes en mostrarte firme, manifestar tu disconformidad y no tolerar ninguna conducta que pueda ser constitutiva de una situación de acoso hacia tu persona.
Pide ayuda, acude a tu mando directo si no está relacionado con el caso, al más cercano en tu línea orgánica o a tu UPA o al Observatorio para la Igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas.
Si es necesario, acude a los servicios médicos o al psicólogo.
Y por encima de todo, no dudes en denunciar la situación de acoso que estás sufriendo, y hazlo con ayuda legal especializada de abogados expertos en Derecho Penal Militar.
En noviembre de 2015 se aprobó el Protocolo de Actuación frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas, que ha permitido con su entrada en vigor adoptar e implementar diferentes medidas de prevención orientadas a la información, sensibilización y apoyo a las víctimas de acoso laboral militar.
Este Protocolo ha propiciado que poco a poco empiece a darse una creciente sensibilización de la cadena de mando ante este tipo de situaciones y busca dar respuestas efectivas y contundentes frente a cualquier conducta de acoso con el fin de garantizar la protección de la víctima y su dignidad personal.
Igualmente, la Unidad de Protección frente al Acoso en todos los Cuarteles Generales contribuye a informar y ayudar a las víctimas sobre cómo proceder en estos casos.
En Carlos Delgado Abogados sabemos que este tipo de situaciones son difíciles y muy traumáticas y que, lógicamente, van a afectar al normal desarrollo de tu vida tanto profesional como militar, como en la esfera personal y a nivel psíquico y mental.
Pero también sabemos la importancia de tomar medidas lo antes posible para denunciar la situación que vives, defender legalmente tus derechos y poner fin al acoso con todas las garantías.
Sea cual sea el tipo de acoso laboral militar que estás sufriendo, podemos ayudarte con una defensa jurídica especializada, porque somos abogados especialistas en Derecho Penal Militar.
Si eres víctima de acoso laboral militar, contacta con CARLOS DELGADO ABOGADOS para recibir el asesoramiento cualificado que necesitas.
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Abogado y especialista en Derecho Militar desde al año 2000. Fundador y director de la firma legal Carlos Delgado Abogados, es un firme defensor de la especialización jurídica y pionero en la creación de un modelo de despacho virtual gracias al uso de las nuevas tecnologías. Desde sus comienzos profesionales se ha ocupado del asesoramiento y defensa legal de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia civil, penal, laboral y administrativa. Conoce a fondo la profesión militar y se ha consolidado como un referente en España en Derecho Militar tanto en su sector como en los Tribunales Militares.
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