Si te denuncian por abuso de autoridad militar y te preocupa cómo puede afectar a tu carrera profesional, te contamos cómo debes defender tus intereses.
Por desgracia, las denuncias por abuso de autoridad en cualquiera de sus formas son más habituales de lo que parece en el ámbito militar.
Sin embargo, también es importante destacar que la mayoría de ellas se archivan debido a la inconsistencia de las pruebas en las que se fundamentan.
En el ejercicio de tu actividad como militar, que te investiguen por un presunto delito abuso de autoridad supone una lógica preocupación por el temor ante las consecuencias que una denuncia de este tipo pueda tener en tu carrera profesional.
Es muy importante que lo primero que tengas en cuenta es que debes actuar con rapidez.
Y lo segundo, que debes asesorarte legalmente con abogados especialistas en Derecho Militar. De una buena defensa va a depender conseguir un resultado favorable a tus intereses.
Si te encuentras en esta situación, en Carlos Delgado Abogados podemos ayudarte.
El Código Penal Militar recoge el abuso de autoridad como un Delito contra la disciplina.
En el ámbito tanto militar como de la Guardia Civil, se considera que abusa de autoridad todo aquel que ejerce una función de mando respecto de un subordinado y que se aprovecha de la misma para atribuirse una serie de conductas que no le corresponden.
Los sujetos de este delito son, por un lado, el militar que tiene subordinados a sus órdenes debido al rango o categoría superior que ostenta. Es decir, que tiene atribuidas facultades de mando.
Por el otro, está el subordinado, con categoría inferior, que sufre un perjuicio determinado que puede ser de distinto tipo y que es consecuencia del abuso de autoridad ejercido por su superior.
Los artículos 45 a 48 del Código Penal Militar recogen las conductas que se consideran constitutivas de un Delito de abuso de autoridad militar.
Esta conducta tipificada como un Delito de abuso de autoridad militar se recoge en el artículo 45 del Código Penal Militar.
El superior provoca un perjuicio grave al subordinado abusando de sus facultades de mando o de su posición en el servicio, bien impidiéndole de forma arbitraria el ejercicio de algún derecho, o bien obligándole a realizar prestaciones que no tienen nada que ver con el interés del servicio.
Ejemplo de esta conducta sería ordenar al subordinado que realizara cualquier tipo de prestación de carácter personal, como enviarle a cumplir un recado propio, un favor personal o realizar algún trabajo sin justificar.
Se recoge en el artículo 46 del Código Penal Militar y cada vez es menos frecuente que se produzca, castigando la conducta consistente en una agresión física del superior al subordinado.
Este tipo de conductas se gradúan en función de si ese maltrato ha provocado o no lesiones al afectado y si estas son de mayor o menor gravedad. La pena que se le puede imponer al superior se considera sin perjuicio de la que además pudiera corresponderle por las lesiones causadas atendiendo a lo dispuesto en el Código Penal.
El Tribunal Supremo, en su reciente Sentencia nº 43/2017 de 5 de abril sobre el delito de maltrato de obra, destaca la importancia de proteger de forma especial la dignidad personal en el ámbito de la relación jurídica militar; indicándose que cualquier acto de violencia ejercido por un militar sobre su subordinado debe considerarse como abuso de autoridad, aunque no se le causen lesiones.
Esta conducta se recoge en el artículo 47 del Código Penal Militar y suele producirse con bastante frecuencia.
Se castiga el abuso de autoridad consistente en el trato por un superior a su subordinado de forma vejatoria, humillante o degradante.
A las penas indicadas en el artículo 47 (seis meses a cinco años de prisión, y pudiendo imponerse también la pérdida de empleo) se le puede añadir las que pudieran corresponder por la aplicación de lo dispuesto para este tipo de casos en el Código Penal.
Por su parte, el artículo 48 del CPM castiga como abuso de autoridad los actos del superior jerárquico respecto del subordinado consistentes en acoso, agresión o abuso sexual, así como amenazar, coaccionar, injuriar o calumniar, atentar de forma grave contra su intimidad, su dignidad personal o en el trabajo, o realizar actos discriminatorios de diversa índole.
Si eres militar o Guardia Civil y te investigan por un presunto delito de abuso de autoridad, estamos seguros de que te preocupa, por un lado, las consecuencias legales derivadas de este tipo de denuncias, y por otro, la repercusión que ello puede tener en tu carrera profesional.
Muchas de ellas se archivan debido a que las pruebas en las que se basa la denuncia no tienen consistencia pero debes actuar lo antes posible y para ello no te sirve cualquier abogado, ya que una defensa de tu caso que no sea contundente y especializada puede desembocar en un resultado perjudicial para tus intereses.
Debido a la especialidad de esta materia, es importante que busques asesoramiento legal experto en la materia, y en Carlos Delgado Abogados podemos ayudarte porque somos especialistas en Derecho Penal Militar.
Nuestro objetivo es diseñar una estrategia de defensa encaminada a rebatir los argumentos de la denuncia contra tu persona para conseguir tu absolución y el restablecimiento de tu honorabilidad. Además, si se da el caso y los requisitos, podremos iniciar actuaciones en defensa de tus intereses por un posible delito de acusación y denuncia falsa.
¿Y qué puedes hacer si es al revés y eres víctima de una situación de abuso de autoridad por parte de tu superior jerárquico?
Conocemos lo difícil y traumático que puede resultar para ti y hasta qué punto puede repercutir en tu vida tanto profesional como personal a todos los niveles. También sabemos que es importante buscar ayuda legal para defenderte y poner fin cuanto antes a la situación de abuso que sufres.
Para ello es importante que te asesores cuanto antes, y nuestros abogados expertos en Derecho Militar pueden ayudarte sea cual sea la forma de abuso que estás sufriendo con una defensa especializada.
Si te encuentras en cualquiera de estas situaciones, no esperes y contacta con CARLOS DELGADO ABOGADOS para recibir el asesoramiento especializado y personal que necesitas.
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Abogado y especialista en Derecho Militar desde al año 2000. Fundador y director de la firma legal Carlos Delgado Abogados, es un firme defensor de la especialización jurídica y pionero en la creación de un modelo de despacho virtual gracias al uso de las nuevas tecnologías. Desde sus comienzos profesionales se ha ocupado del asesoramiento y defensa legal de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia civil, penal, laboral y administrativa. Conoce a fondo la profesión militar y se ha consolidado como un referente en España en Derecho Militar tanto en su sector como en los Tribunales Militares.
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