La conciliación en la Guardia Civil continúa siendo una de sus asignaturas pendientes. En Carlos Delgado Abogados hemos conocido a guardias civiles a los que les resulta imposible conciliar con su trabajo a turnos y a jornada completa.
También conocemos casos en los que la reducción de jornada concedida se revisa por el superior sistemáticamente cada cierto tiempo, creando una presión añadida difícil de sobrellevar.
Y en los Juzgados hemos defendido en numerosas ocasiones el derecho a una reducción de jornada para poder conciliar.
Es un derecho que cualquier miembro de la Guardia Civil pueda ejercer su profesión trabajando en un horario concreto para poder cuidar de su familia.
¿Cómo puedes defender tus intereses en estas situaciones tan habituales que pueden perjudicar gravemente tu derecho a conciliar en la Guardia Civil?
Si haces una solicitud de reducción de jornada pidiendo concreción horaria para poder conciliar y te la deniegan, puedes recurrir.
Como abogados para guardias civiles especialistas en conciliación familiar militar conocemos y hemos defendido muchos casos como el tuyo, por eso en Carlos Delgado Abogados podemos ayudarte.
En términos generales, para muchos trabajadores en España la conciliación sigue siendo una utopía, a diferencia de lo que sucede en otros países europeos en los que se protege a la familia y se propician las medidas encaminadas a favorecer la natalidad.
En el ámbito de la Guardia Civil, hacer uso del derecho a solicitar la reducción de jornada estigmatiza a muchos compañeros o incluso se les “invita” a renunciar a su derecho y a no pedirla para evitar represalias.
Las mujeres siguen siendo las que más solicitan habitualmente medidas de conciliación en la Guardia Civil, aunque cada vez hay más hombres que las piden; sobre todo permisos de paternidad.
Cuidar de los hijos y de los mayores se convierte en un verdadero problema para muchos guardias civiles, pero está “peor visto” que sean varones quienes pidan la reducción de jornada.
El motivo sigue ligado a esa corriente que hoy continúa vigente en algunos sectores de la sociedad, la atribución de roles diferentes en función del sexo.
El problema se agudiza cuando ambos cónyuges forman parte de la Benemérita y están destinados en Comandancias distintas con cierta distancia entre ellos o incluso trabajan en Comunidades Autónomas diferentes.
También se dan casos en los que se limita la reducción de jornada, denegándola para festivos y fines de semana y concediéndola en ciertos periodos vacacionales, como Semana Santa o Navidad.
Otro de los problemas más habituales es pedir la reducción de jornada para el cuidado de los hijos y no poder elegir el horario de servicio.
En la mayoría de los casos, sobre todo cuando la solicitan mujeres de la Guardia Civil con hijos pequeños que van a colegio, suelen pedir un horario de mañana para poder atenderlos cuando se acaba la jornada escolar.
Sin embargo, el derecho a elegir el horario de servicio no se entiende por muchos mandos, que de forma sistemática adjudican a las funcionarias servicios en horario de tarde que lógicamente les impide compatibilizar su trabajo con el horario escolar de los hijos.
La situación se complica más cuando el guardia civil desempeña su actividad profesional en pequeñas localidades en las que resulta imposible compatibilizar horarios caóticos o guardias de tarde o noche con el cuidado de niños pequeños porque ni siquiera pueden encontrar servicios de guardería en horas intempestivas.
La solicitud de reducción de jornada conlleva, como es fácil imaginar, una reducción sustancial del sueldo como miembro de la Guardia Civil.
Es fácil entender que a nadie le gusta ver mermado su sueldo y, sin embargo, cuando se trata de conciliar, en la inmensa mayoría de los casos compensa: poder compatibilizar la vida profesional con la personal, aunque ello suponga sufrir una reducción económica en el salario.
Pero el problema para los guardias civiles que quieren y piden conciliar no es solo económico, también lo es emocional; por la carga que conlleva la intolerancia en ocasiones del resto de compañeros y mandos.
El precio a pagar en muchas ocasiones se traduce en menoscabos y comentarios negativos de algunos compañeros y superiores, muchos de ellos de corte machista, presiones injustificadas en el trabajo e incluso revisiones sistemáticas de la solicitud cada cierto tiempo.
Uno de los motivos más utilizados por la Guardia Civil para rechazar la solicitud de reducción de jornada es alegar “necesidades del servicio”, pero sin explicar de forma objetiva y con datos cuáles son esas necesidades.
Dicho de otra forma, la Administración deniega el permiso pero no justifica qué servicios son los que no podrían atenderse de forma adecuada o por qué se produciría una potencial disminución del servicio que resultara negativa o afectara y perjudicara, por ejemplo, a otros compañeros.
Cuando esto ocurre, puedes defender tus intereses: es posible recurrir en la vía contencioso administrativa y la clave del recurso consiste en demostrar que la Administración no ha podido justificar que realmente existe un perjuicio para el servicio.
En Carlos Delgado Abogados hemos interpuesto este tipo de recursos en defensa de los intereses de Guardias Civiles como Ana, que solicitó reducción de jornada con turno en horario de mañana para poder compatibilizar su trabajo con el cuidado de sus hijos.
La decisión de denegarle la reducción de jornada con concreción de horario vulneraba su derecho a la conciliación laboral y familiar.
En ningún caso se había justificado ni acreditado por la Administración que existiera un perjuicio real para el servicio, máxime cuando había otros compañeros en su Unidad que podían cubrir el resto de turnos sin problema alguno.
Es posible ganar este tipo de recursos siempre que pueda demostrarse que no existen esas supuestas necesidades del servicio que justifiquen el rechazo de la solicitud de reducción de jornada con concreción de horarios.
Todo ello debe ponerse en relación con la protección a la familia y a los hijos, así como la no discriminación por razón de sexo.
Por otro lado, la Ley Orgánica 11/2007, de 22 de octubre, reguladora de los derechos y deberes de los miembros de la Guardia Civil, indica en su artículo 28.2 que, para determinar el horario de trabajo y el régimen de turnos y teniendo en cuenta las necesidades de cumplimiento de sus funciones, deberá tenerse en cuenta la conciliación de la vida laboral y familiar.
¿Te encuentras en esta situación y te han denegado tu solicitud de reducción de jornada para poder conciliar?
Somos abogados especialistas en Derecho Administrativo Militar y podemos ayudarte.
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Abogado y especialista en Derecho Militar desde al año 2000. Fundador y director de la firma legal Carlos Delgado Abogados, es un firme defensor de la especialización jurídica y pionero en la creación de un modelo de despacho virtual gracias al uso de las nuevas tecnologías. Desde sus comienzos profesionales se ha ocupado del asesoramiento y defensa legal de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia civil, penal, laboral y administrativa. Conoce a fondo la profesión militar y se ha consolidado como un referente en España en Derecho Militar tanto en su sector como en los Tribunales Militares.