La prueba del reconocimiento médico se incluye en las oposiciones a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad junto con otras pruebas como las físicas, la entrevista o las de conocimiento.
Para superarla con éxito, no puedes tener alguna de las exclusiones médicas que se indican para cada Cuerpo.
Pero sabemos que existe mucho temor a estas pruebas y muchas veces los aspirantes desconocen si su problema médico concreto entra dentro de esas exclusiones, bien porque no lo saben o bien porque no está claro en las bases.
¿Qué ocurre si te declaran no apto por este motivo?
¿Cómo saber si realmente estás dentro de las exclusiones o, por el contrario, hay algún error en las pruebas que te han hecho o estas no se han realizado correctamente?
Conocemos como expertos en asesoramiento jurídico a militares, Policías y Guardias Civiles tu preocupación ante un reconocimiento médico, y sabemos por los numerosos casos que hemos defendido, que un NO APTO puede recurrirse.
Si te encuentras en esta situación, es importante que cuanto antes te asesores con abogados especialistas y en Carlos Delgado Abogados podemos ayudarte.
La finalidad de la prueba del reconocimiento médico es comprobar que no tienes ninguna enfermedad, dolencia o limitación física o psíquica que te impida desempeñar tu profesión como empleado público.
De esta forma te van a realizar una serie de pruebas para comprobar tu estado de salud.
Normalmente pasas el reconocimiento médico cuando ya has superado las pruebas físicas, la de conocimientos, ortografía y psicotécnico y antes o el mismo día que haces la prueba de la entrevista personal.
El reconocimiento médico al que te vas a someter es muy parecido al que podrías realizarte de modo habitual para comprobar cómo se encuentra tu estado de salud.
Una vez lo superas, obtienes el llamado Certificado de Aptitud Psicofísica; que indicará, si eres apto, que puedes continuar en el proceso selectivo.
Lo habitual es que primero te midan y te pesen y después te realicen una analítica de sangre y orina, medición de visión y audición, tensión arterial, optometría, audiometría, espirometría y un electrocardiograma.
Llegamos a las exclusiones, cualquier aspirante sabe que hay una serie de patologías que directamente son motivo de exclusión automática.
Y aquí es donde vienen gran parte de los problemas con esta prueba.
¿Hasta dónde influye el criterio médico a la hora de valorar si una patología que tienes es motivo de exclusión?
¿Vale todo?
Son muchas las dudas que surgen en estos casos porque en muchas ocasiones un NO apto puede no estar justificado.
Por ejemplo, una alergia puede ser de diferentes tipos y no afecta igual a todo el mundo; en unos casos puede ser motivo de exclusión y en otros no.
Otro caso sería la diabetes, que suele ser motivo de exclusión cuando es del tipo I y, sin embargo, desde 2020 se valora caso por caso. Según esa valoración puede suponer la exclusión inmediata o no.
Otro supuesto con polémica es la exclusión por una depresión: no es lo mismo que sea puntual a que sea crónica y tendrá que valorarse adecuadamente para saber si supone un NO apto a partir de un informe psiquiátrico.
Pero el problema puede ir más allá: imagina que te hacen una espirometría y te declaran NO apto, pero resulta que la prueba no se ha realizado correctamente.
La dificultad en muchos de estos supuestos es determinar hasta qué punto el alcance de la patología que tienes te puede impedir desarrollar adecuadamente tu profesión.
Y, por otro lado, los errores que pueden cometerse en las pruebas, que provoquen injustamente un NO apto.
No dudes en asesorarte si tienes dudas con abogados especialistas en Derecho Administrativo Militar.
Puede ocurrir que en el momento del reconocimiento médico tengas algún tipo de lesión o enfermedad que se encuentre activa y cuyas secuelas puedan impedirte en mayor o menor medida desarrollar tus funciones como miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
En ese caso y hasta saber si son o no definitivas, el Tribunal Médico que te valora volverá a citarte para un nuevo reconocimiento en el plazo que estime para comprobar cuál es tu estado de salud pasado ese tiempo.
Pueden haber desaparecido la causa de esa exclusión circunstancial o no y de ello dependerá que te consideren apto o NO apto.
En Carlos Delgado Abogados sabemos que, para cualquier aspirante, pasar el reconocimiento médico supone una preocupación. Los aspirantes son muchos y pueden cometerse errores.
Pero, además, es normal que haya mucho desconocimiento sobre qué hacer cuando te encuentras un NO apto si no estás de acuerdo y consideras la exclusión injusta.
¿Qué puedes hacer si consideras injusto el NO apto en tu reconocimiento médico en las oposiciones?
Lo primero es que tienes derecho a conocer la causa de tu exclusión. Es el punto de partida para hacer una reclamación.
Lo segundo es contactar lo antes posible, por los plazos para reclamar, con un abogado especialista en Derecho Administrativo Militar.
En Carlos Delgado Abogados sabemos, por todos los casos que hemos defendido, la importancia de conocer tu versión de los hechos y los motivos por los que consideras que el NO apto es injusto o que hay algún error en la valoración.
También sabemos que el conflicto no es solamente jurídico, también es médico. Por ello, hay que preparar muy bien tu defensa para conseguir un resultado favorable.
Es fundamental contar con los informes médicos y pruebas que puedan acreditar, en su caso, que no te deberían haber declarado NO apto en el reconocimiento.
Nuestro objetivo es conseguir que te readmitan si te han excluido como opositor, sea por padecer una enfermedad o patología que se ha valorado mal o porque ha existido algún tipo de error en la valoración que te han hecho.
La reclamación se tramita por la vía contencioso administrativa y comienza con la interposición de un recurso de alzada, para lo que tenemos un plazo de un mes desde que te notifican el NO apto.
Es muy importante que ese escrito sea preparado por un abogado experto en la materia porque si lo haces tú es muy probable, por el lógico desconocimiento, que no esté bien fundamentado o te falte incluir algo importante que puede conllevar que te lo desestimen.
Si el recurso de alzada es desestimado, acudimos a la vía judicial y procederemos a interponer recurso contencioso administrativo.
Es importante valorar caso por caso y, si es necesario, aportar no solo los informes médicos que acrediten que el tribunal hizo una valoración errónea, sino también un informe pericial que apoye nuestra defensa de tu caso.
Junto con la estrategia jurídica que consideremos mejor para defender tus intereses, buscamos que un Juez concluya por sentencia que el Tribunal Médico se equivocó en las conclusiones emitidas para declararte NO apto o, por ejemplo, que estas no estaban suficientemente motivadas o que existió un error en la valoración.
¿Te han declarado NO apto en el reconocimiento médico de las oposiciones y crees que es una decisión injusta y está perjudicando tus intereses?
Somos abogados especialistas en Derecho Administrativo Militar y podemos ayudarte.
Contacta con CARLOS DELGADO ABOGADOS y haremos una valoración gratuita y sin compromiso de tu caso.
¿Hablamos?
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Abogado y especialista en Derecho Militar desde al año 2000. Fundador y director de la firma legal Carlos Delgado Abogados, es un firme defensor de la especialización jurídica y pionero en la creación de un modelo de despacho virtual gracias al uso de las nuevas tecnologías. Desde sus comienzos profesionales se ha ocupado del asesoramiento y defensa legal de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia civil, penal, laboral y administrativa. Conoce a fondo la profesión militar y se ha consolidado como un referente en España en Derecho Militar tanto en su sector como en los Tribunales Militares.
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