Si hay un valor importante en el Derecho Militar es la disciplina y por ello, el delito de desobediencia es uno de los más típicos dentro del ámbito militar y de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Estamos seguros de que como miembro de las FFCCS para ti es motivo de preocupación enfrentarte a una denuncia penal.
Primero, porque te vas a ver involucrado en un procedimiento que no es agradable y del que seguramente no sabes ni siquiera en qué consiste.
¿Qué supone la denuncia contra ti?
¿Vas a necesitar un abogado?
¿Cómo saber qué tienes que hacer para defenderte?
Segundo, porque desconoces y seguramente te asustan las consecuencias que puede tener para ti una condena por un delito de desobediencia, sobre todo en tu carrera profesional.
Conocemos como expertos en asesoramiento jurídico a militares, Policías y Guardias Civiles que una denuncia penal por este motivo no solo es un tema delicado, sino también que es necesario defenderlo conociendo a fondo el Derecho Penal militar.
Si es tu caso, es fundamental que te asesores con abogados especialistas. ¡En Carlos Delgado Abogados podemos ayudarte!
La desobediencia militar es un delito de tipo formal, y está íntimamente relacionada con el respeto a las órdenes de un superior, en el marco de la jerarquía que rige las relaciones en el ámbito militar.
Se trata de un tipo penal enmarcado, junto con el delito de insulto a un superior, dentro de los supuestos de delito de insubordinación que se recogen en el Código Penal militar.
El bien jurídico que se protege en este delito es la disciplina, que es una norma imperativa para los militares, a la que deben de ajustar su conducta.
Obedecer con exactitud y diligencias las órdenes de un superior jerárquico forma parte de la disposición del militar.
La desobediencia militar, por tanto, alude a la conducta en la que un inferior rechaza la orden impartida por un superior, que va a manifestarse bien haciendo lo que le hayan prohibido o o no haciendo lo que le han ordenado.
Ahora bien, un retraso en el cumplimiento de la orden recibida, no debe considerarse delito a estos efectos.
Hablamos, pues, de desobedecer cuando no cumples las órdenes legítimas relativas al servicio que te da tu superior, incluso negándote a hacerlas, y siempre y cuando esa orden sea clara y concreta, sea personal e imperativa.
No vas a ser responsable criminalmente de este delito si no obedeces una orden que suponga realizar algún tipo de infracción clara y manifiesta de una norma con rango de Ley o las normas internacionales en caso de conflicto armado, o ejecutar un acto que sea delictivo.
En este tipo de delitos hay unos márgenes grandes y el problema surge a la hora de delimitarlos, porque hay una delgada línea entre delito y falta, y las consecuencias punitivas para ti son distintas, ya que no es igual una condena penal que una sanción administrativa.
Como es natural, si te acusan de un delito de desobediencia, el principal miedo que tienes es conocer sus qué puede pasarte, qué condena podrían imponerte, y es obvio que va a afectar gravemente a tu reputación y a tu carrera profesional como militar.
Para defenderte, es importante que tengas en cuenta que cada supuesto es diferente, y es necesario analizar detenidamente para valorar la gravedad de la desobediencia y acudir al análisis de cada caso, porque no hay criterios objetivos genéricamente predeterminados.
Lo más importante es que para defenderte con garantías de un delito de desobediencia debes acudir a un abogado especialista en derecho Penal Militar.
Conocemos muy bien la desobediencia militar y también sabemos que ni todo es blanco, ni todo es negro.
Esto significa que muchos de estos supuestos acaban en los Tribunales tramitándose como delito, cuando podrían perfectamente haberse tramitado como faltas disciplinarias, cuyos efectos son mucho más leves que en caso de condena penal.
A la hora de determinar la gravedad de la desobediencia hay que tener en cuenta factores como:
Con una buena defensa legal, es posible reconducir el caso para que los hechos enjuiciados se acaben tipificando como una falta disciplinaria, en cuyo caso se te va a sancionar en el ámbito del Régimen Disciplinario militar, no en el ámbito penal.
En este sentido, en Carlos Delgado Abogados hemos conseguido dar la vuelta a lo que comenzó como una acusación por delito de desobediencia, llegando a demostrar tanto la falta de consistencia de las pruebas como que no se cumplía el requisito de la gravedad, necesario como elemento propio de este tipo penal.
En otras ocasiones puede darse el caso de que el origen de los hechos que se te imputan se encuentre en una acusación o denuncia falsa, en cuyo caso tienes todo el derecho a ejercer las acciones que te correspondan para restablecer tu prestigio como militar.
¿Te enfrentas a una denuncia por un delito de desobediencia, no estás conforme y quieres defender tus intereses?
Sabemos que estos procedimientos no son nada agradables y como abogados especialistas en Derecho Penal Militar, sabemos que necesitas ayuda legal especializada, pero también acompañamiento para superar un trance delicado.
Si te encuentras en esta situación, no esperes y contacta con CARLOS DELGADO ABOGADOS para recibir el asesoramiento especializado que necesitas.
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Abogado y especialista en Derecho Militar desde al año 2000. Fundador y director de la firma legal Carlos Delgado Abogados, es un firme defensor de la especialización jurídica y pionero en la creación de un modelo de despacho virtual gracias al uso de las nuevas tecnologías. Desde sus comienzos profesionales se ha ocupado del asesoramiento y defensa legal de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia civil, penal, laboral y administrativa. Conoce a fondo la profesión militar y se ha consolidado como un referente en España en Derecho Militar tanto en su sector como en los Tribunales Militares.
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